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El juzgado ratifica la multa de 500 euros por las obras nocturnas del AVE
La sentencia desestima el recurso de Lantania y recalca que la empresa conocía la ilegalidad de trabajar de noche en zonas habitadas
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia ha ratificado la sanción de 500 euros impuesta a la empresa Lantania por ejecutar obras del AVE en horario nocturno en el Camino Viejo de Husillos.
La resolución, que no se puede recurrir, desestima el recurso de la constructora y confirma que se vulneró la Ordenanza Municipal para la protección del medio ambiente contra las emisiones de ruidos y vibraciones.
La sentencia recuerda que, al adjudicarse la obra, ADIF Alta Velocidad ya había advertido expresamente de que no podían realizarse trabajos ruidosos entre las 22 y las 7 horas en zonas próximas a núcleos habitados.
El magistrado Victoriano Lucio Revilla subraya que los responsables de la empresa eran plenamente conscientes de que "trabajar en horario nocturno constituía una flagrante ilegalidad" y que, además, ni siquiera solicitaron autorización municipal para hacerlo.
El fallo también señala que, aunque Lantania hubiera seguido instrucciones de ADIF para acelerar los trabajos, la autorización municipal era imprescindible.
La sanción fue calificada como leve, con una cuantía acorde a lo previsto en la normativa.
El juzgado impone las costas procesales a la empresa al considerar que actuó con temeridad, ya que "no es el administrador ferroviario quien infringe la norma de ruidos y vibraciones, sino la empresa constructora".
Junto a este procedimiento, el Ayuntamiento de Palencia mantiene otro frente judicial abierto por la misma causa. En este caso, la sanción asciende a 60.000 euros por superar los niveles de ruido permitidos, y está pendiente de que el Contencioso se pronuncie al respecto.
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