Ecologistas en Acción defiende la sentencia judicial y considera que el Consistorio centra su apelación en aspectos secundarios
Rechazan el recurso del Ayuntamiento contra la anulación del aparcamiento del Cristo
Ecologistas en Acción defiende la sentencia judicial y considera que el Consistorio centra su apelación en aspectos secundarios
Ecologistas en Acción ha manifestado su rechazo al recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Palencia contra la sentencia que anuló la licencia del aparcamiento disuasorio proyectado en el Cerro del Otero. La asociación ecologista defiende la corrección jurídica del fallo y considera que el recurso municipal se apoya en argumentos secundarios que no atacan la causa principal de la nulidad.
La sentencia, dictada el 3 de noviembre de 2025 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia, estimó el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción y declaró no conforme a derecho la resolución municipal de 5 de febrero de 2025, que había desestimado el recurso de reposición contra la licencia de uso provisional concedida el 29 de noviembre de 2024 por la Concejalía de Urbanismo.
Según la organización ecologista, el fallo judicial anula ambas resoluciones municipales por una indebida tramitación de la autorización de uso provisional, contraria a los artículos 306, 307 y 313 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. En este sentido, Ecologistas en Acción considera que el Ayuntamiento ha calificado erróneamente la sentencia como una "sentencia sorpresa" y ha alegado desviación del objeto procesal y falta de motivación sin fundamento.
Desde la asociación critican que el recurso de apelación del Consistorio se centre principalmente en la tramitación del uso excepcional en suelo rústico, un aspecto que califican de secundario. A su juicio, el problema principal reside en la autorización del uso provisional en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable, que fue concedida sin seguir el procedimiento legalmente establecido.
El proyecto del aparcamiento disuasorio fue aprobado en julio de 2024 y la licencia otorgada en noviembre del mismo año. Aunque el Ayuntamiento llevó a cabo un trámite de información pública, este se limitó únicamente al uso provisional en suelo urbano no consolidado y urbanizable, omitiendo la participación ciudadana sobre el conjunto del proyecto y la afección al suelo rústico, así como la justificación suficiente del interés público para los usos excepcionales en este tipo de suelo.
Ecologistas en Acción subraya que esta omisión supone un vicio de procedimiento insubsanable que conlleva la nulidad de pleno derecho de la licencia concedida, tal y como recoge la sentencia. Por ello, la asociación confía en que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratifique el fallo en todos sus términos y respalde la anulación definitiva del proyecto del aparcamiento disuasorio del Cristo.
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