El Tribunal desestima el recurso del Ayuntamiento contra las pantallas del AVE en Palencia

Considera que el Consistorio presentó el requerimiento fuera de plazo e interpuso la reclamación a destiempo

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El Tribunal desestima el recurso del Ayuntamiento contra las pantallas del AVE en Palencia
El autor esAdrián Gil Bregón
Adrián Gil Bregón
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El Tribunal Central de Instancia ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Palencia contra el proyecto de instalación de pantallas acústicas y mejora del cerramiento de la línea de alta velocidad ferroviaria. La decisión judicial, dictada el pasado 22 de julio por la Sección de lo Contencioso-Administrativo, considera que el Consistorio interpuso el recurso fuera del plazo legal, declarando ajustadas a derecho las resoluciones de ADIF de diciembre de 2025 que inadmitieron por extemporáneo el requerimiento municipal para paralizar las actuaciones.

La sentencia sostiene que el Ayuntamiento tuvo conocimiento de los proyectos mucho antes del 5 de septiembre de 2025, fecha alegada por la administración local cuando la UTE adjudicataria solicitó la ocupación de la vía pública. Según el tribunal, ADIF sometió el proyecto de protecciones acústicas a información pública en el BOE el 31 de marzo de 2022 y remitió un enlace con la documentación el 25 de marzo de 2022, abriendo un plazo de dos meses para alegaciones. Además, el proyecto de mejora del cerramiento era conocido a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público y reuniones entre ambas administraciones.

Rechazo de los argumentos de fondo y anuncio de recurso

La resolución judicial analiza y rechaza todos los argumentos de fondo planteados por la administración municipal:

  • Incompatibilidad con el soterramiento: El tribunal descarta que las obras sean incompatibles con el futuro soterramiento, al tratarse de actuaciones sobre infraestructuras existentes para mejorar la seguridad y reducir el ruido, sin condicionar futuros proyectos.

  • Prescripciones y trámites: Deniega que ADIF incumpliera los estudios informativos, entendiendo que pueden ejecutarse por fases. Asimismo, concluye que el proyecto cumplió la Ley del Sector Ferroviario, no requería nueva declaración de impacto ambiental y no vulnera la normativa sobre dominio público hidráulico.

  • Adecuación urbanística: Al ser una mejora de un cerramiento existente y no un nuevo proyecto constructivo, no era necesaria la comunicación previa al Ayuntamiento.

Tras conocer el fallo, el Ayuntamiento de Palencia ha anunciado que interpondrá recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional para intentar revocar la sentencia.

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