El exdirector de Educación denuncia difamación con carteles que le acusan de agresión sexual

Sabino Herrero afirma conocer quiénes son los responsables de la colocación de los carteles y asegura que es consecuencia de un conflicto previo

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El exdirector de Educación denuncia difamación con carteles que le acusan de agresión sexual
Sabino Herrero en una imagen de archivo. Foto: Brágimo (ICAL)
El autor esXavi Ramos Pozo
Xavi Ramos Pozo
Lectura estimada: 2 min.

El exdirector provincial de Educación en Palencia, Sabino Herrero, ha denunciado ante la Policía Nacional y la justicia una presunta campaña de difamación tras la aparición en la capital palentina de carteles con acusaciones contra él de agresión sexual.

Los carteles han aparecido en zonas céntricas como la Calle Mayor y en centros educativos y muestran la fotografía del exdirector provincial junto a un texto en el que se le acusa de haber sido "investigado por un posible delito de agresión sexual contra una maestra de la escuela pública", además de afirmar que estaba citado a declarar y que la Consejería de Educación y el presidente de la Junta lo sabían y lo mantuvieron en el cargo.

Herrero, máximo responsables educativo en la provincia hasta hace dos meses, recientemente jubilado, ha insistido en declaraciones a EFE en la "absoluta falsedad" de esas acusaciones y ha denunciado lo que considera una campaña de difamación y acoso contra su persona.

Ha asegurado que sabe "con certeza" quién está detrás de estos hechos y que el origen se encuentra en un conflicto previo, recordando que no es la primera vez que sufre episodios de difamación, aunque en una ocasión anterior se trató de descalificaciones de carácter laboral. "No solo yo, todo el mundo en Educación en Palencia sabe de dónde viene esto", ha afirmado.

El exdirector provincial también ha explicado que, además de solicitar la retirada de los carteles y que cesen las difusiones en redes sociales, pedirá que se investigue la autoría de los hechos.

"Quiero que el juez me llame para poder decir los nombres de las personas de las que estoy convencido y que se investigue todo esto", ha añadido, lamentando que se lleguen a inventar acusaciones "tan graves". EFE

12 Comentarios

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usuario anonimo 1/24/2026 - 12:09:56 PM
Pero vamos a ver, ¿esto que se investiga es de cuando era director provincial, mientras estaba en el cargo?
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usuario anonimo 1/24/2026 - 12:06:28 PM
Acabo de oír el audio de Radio Nacional, a primera hora de ayer, a partir del minuto 3, y dicen claramente que existe un procedimiento penal, que está investigado y que tiene que declarar en marzo. Él lo niega todo, pero no desmiente que tenga que ir al juzgado como investigado. O sea, que no era un invento ni un bulo. Madre mía.
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usuario anonimo 1/23/2026 - 9:32:43 PM
O sea, que sí hay un procedimiento penal. La semana pasada parecía todo un invento, pero hoy resulta que no. Como es el primer caso de alguien con poder que lo niega todo, nos hemos descolocado. Si lo niega, asunto resuelto. Y a quienes denunciaron, ya se sabe: ¿en qué estarían pensando? En fin, así nos va, mirando la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio.
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usuario anonimo 1/23/2026 - 9:23:44 PM
Curioso. De las posibles personas afectadas no se dice nada, nadie se pone en su lugar. La semana pasada todo era un bulo y una campaña, y hoy Radio Nacional informa de que sí existe un procedimiento penal por presunto acoso laboral o sexual mientras ejercía el cargo. Debe de ser una confusión colectiva. Tiene que declarar en marzo como investigado, no como testigo, pero aun así parece que el foco está en lo mal que lo pasa él. Para otros, con bastante menos, se piden responsabilidades inmediatas. En este caso, paciencia infinita y comprensión máxima. Será que cuando alguien con poder es investigado judicialmente, las posibles personas afectadas desaparecen del relato y solo queda una versión. Casualidades.
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usuario anonimo 1/22/2026 - 12:17:58 AM
Buenas.Gracias a la Dirección de Tribuna palencia.com...El mensaje enviado en este Medio Digital, el 20-01-26 - 2:52:34, por motivos que supongo fueron debidos al * Seleccionar y copiar* o al mover el Cursor, no quedaron anexos. Intento colocarlos aquí ...! En España, el hecho de difundir información veraz (como datos de un juzgado o de la vida privada) mediante carteles u octavillas no exime de responsabilidad legal. Aunque la información sea "real", su publicación puede constituir delitos graves contra la intimidad o la revelación de secretos si no existe un interés público que lo justifique. A continuación se detallan las posibles condenas y responsabilidades para 2026: 1. Responsabilidad Penal (Cárcel y Multas) La difusión de datos de diligencias judiciales o información privada sin consentimiento suele encuadrarse en el delito de descubrimiento y revelación de secretos (Art. 197 del Código Penal). Pena de prisión: Generalmente de 1 a 4 años por descubrir y difundir secretos ajenos. Difusión de datos reservados: Si se trata de datos registrados en ficheros (como los de un juzgado) y se difunden sin autorización, la pena puede ser de 2 a 5 años si hay perjuicio para el afectado. Multas: Además de la cárcel, se imponen multas económicas que suelen oscilar entre 12 y 24 meses (cuotas diarias fijadas por el juez). 2. Responsabilidad Civil (Indemnizaciones) Independientemente de la condena penal, la víctima puede ejercer acciones basadas en la Ley Orgánica 1/1982 de protección del honor, la intimidad y la propia imagen. Indemnización por daños morales: El autor de los carteles puede ser obligado a pagar una compensación económica a la víctima por el perjuicio causado a su reputación o intimidad. Cese de la actividad: El juez ordenará la retirada inmediata de todos los carteles y octavillas. 3. Sanciones Administrativas (Protección de Datos) Publicar nombres y datos de investigaciones judiciales en la vía pública vulnera la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD). Multas de la AEPD: La Agencia Española de Protección de Datos puede imponer sanciones administrativas muy elevadas. Para infracciones graves o muy graves, estas pueden superar los 40.000 € y llegar a cifras mucho mayores dependiendo del daño causado. 4. Aspectos Clave sobre Diligencias Judiciales Secreto de las actuaciones: Aunque un juicio sea público, las Diligencias Previas suelen estar sometidas a reserva para las partes. Difundirlas mediante pasquines puede considerarse también una quiebra del secreto de sumario si este ha sido decretado, o una obstrucción a la justicia. La veracidad no es un "escudo": El Tribunal Constitucional ha reiterado que el derecho a comunicar información veraz no ampara la divulgación de hechos de la vida privada que carezcan de relevancia pública, especialmente si se hace de forma denigrante (como pegar carteles en paredes).
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usuario anonimo 1/23/2026 - 10:33:46 AM
Menos amenazas y más precisión. ¿Está investigado en un procedimiento penal reabierto por la Audiencia y citado a declarar como investigado, sí o no? Eso es lo que ha confirmado Radio Nacional.
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usuario anonimo 1/23/2026 - 10:29:05 AM
Buenas. Su comentario no es un análisis jurídico: es una acumulación de amenazas retóricas, conceptos mal aplicados y errores técnicos graves. Decir que existe un procedimiento judicial en curso NO es delito cuando es un hecho real, verificable y confirmado por un medio público como Radio Nacional de España, y cuando se comunica sin prejuzgar culpabilidad, utilizando los términos legales (presunto, investigado). Eso está expresamente protegido por el artículo 20 de la Constitución y por la doctrina constante del Tribunal Constitucional. Invocar el secreto de sumario sin que conste decreto judicial (art. 302 LECrim) es jurídicamente incorrecto. Y aun existiendo, el secreto solo vincula a las partes, no a terceros ni a periodistas, y no prohíbe informar de la existencia del procedimiento. Citar el artículo 197 del Código Penal en este contexto es un disparate jurídico: no hay acceso ilegítimo, no hay datos íntimos, no hay revelación de secretos ajenos ni difusión de documentos reservados. Repetir listados de penas sin relación con los hechos no convierte en ilícita una información veraz. La normativa de protección de datos tampoco es aplicable: el propio RGPD protege la libertad de información cuando concurre interés público, especialmente en actuaciones judiciales relativas a cargos públicos. Mezclar comentarios informativos basados en hechos judiciales con pasquines, carteles o conductas ajenas es una maniobra confusa y deliberadamente intimidatoria, carente de sustento legal. Si discrepa, cite preceptos aplicables y jurisprudencia concreta. Las mayúsculas, las advertencias genéricas y el copia-pega de amenazas no son Derecho. Un saludo.
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