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Sánchez anuncia la subida del SMI hasta los 1.080 euros
El presidente afea a las empresas que obtienen beneficios millonarios pero no incrementan "ni un céntimo a sus empleados"
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) subirá un 8% hasta situarlo en 1.080 euros con efecto retroactivo desde el pasado 1 de enero, tal y como ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras llegar a un acuerdo con los sindicatos UGT y CCOO.
Sánchez ha avanzado en su primera comparecencia del año en el Senado el objetivo de esta nueva subida del SMI es situarlo en el 60% del salario medio español.
"Nuestra lucha por mejorar las condiciones de los trabajadores y el reparto más justo de los beneficios empresariales" va a continuar, subrayó el presidente antes de anunciar el incremento del SMI y tras afear a las empresas que obtienen beneficios millonarios, aumentan los bonus del Consejo de Administración pero no incrementan "ni un céntimo a sus empleados".
Sánchez confirmó esta subida en el Pleno del Senado, tras la reunión entre los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, respectivamente, con la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
Este encuentro tuvo lugar después de que acabara sin acuerdo un encuentro previo entre el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, con el vicesecretario general de Políticas Sindical de UGT, Fernando Luján, y la secretaria de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz Vicente.
A los encuentros de este martes no asistió CEOE, cuyo presidente, Antonio Garamendi, aseguró que el Ministerio de Trabajo solo buscaba "la foto" y criticó que el Gobierno todavía no hubiera realizado una propuesta concreta para incrementar el SMI.
CEOE tampoco asistió a la reunión que tuvo lugar en diciembre, aunque entonces remitió su propuesta por escrito. El planteamiento de la parte empresarial sugería un incremento del SMI del cuatro por ciento, hasta una cuantía de 1.040 euros brutos al mes en 14 pagas, supeditado a establecer un régimen de deducciones aplicables al sector agrario y modificar la normativa de revisión de precios en los procesos de contratación derivados de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, para repercutir el incremento del SMI en los contratos en ejecución.
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