La justicia avala la ordenanza de terrazas y respalda su aplicación

El TSJCyL rechaza el recurso vecinal y solo exige un ajuste técnico en la anchura de los itinerarios peatonales

imagen
La justicia avala la ordenanza de terrazas y respalda su aplicación
El autor esXavi Ramos Pozo
Xavi Ramos Pozo
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León da la razón al Ayuntamiento de Palencia al confirmar la validez de la Ordenanza de Terrazas en la vía pública, al desestimar en lo sustancial el recurso contencioso-administrativo presentado por la Agrupación de Asociaciones de Vecinos y otras entidades de la capital.

La sentencia respalda el marco normativo que regula la instalación de veladores y la actividad hostelera en el espacio público, al considerar que la norma está suficientemente justificada y no incurre en arbitrariedad.

El fallo judicial analiza los principales puntos cuestionados por los recurrentes y concluye que la ordenanza está correctamente motivada, con una base sólida en su exposición de motivos, donde se justifica la necesidad de compatibilizar el impulso de la actividad económica, el turismo y la gastronomía con el uso compartido del espacio urbano y las nuevas demandas ciudadanas.

El tribunal descarta así las impugnaciones relativas a la supuesta falta de informes preceptivos, la regulación del ruido en zonas acústicamente saturadas, los horarios de cierre de las terrazas o el número máximo de veladores autorizados.

También avala la regulación en materia de seguridad y accesibilidad, al entender que la ordenanza se remite de forma adecuada a la normativa sectorial vigente y no vulnera los derechos de los peatones ni de las personas con movilidad reducida.

No obstante, la resolución sí obliga al Ayuntamiento a introducir un ajuste técnico puntual en lo relativo a los itinerarios peatonales accesibles. En concreto, la distancia mínima entre la línea de fachada y las terrazas deberá adaptarse a lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana, pasando de 1,80 metros a 2,00 metros.

El equipo de gobierno municipal ha valorado de forma positiva la sentencia, al considerar que "refuerza la seguridad jurídica de una ordenanza que fue fruto de un proceso de diálogo y consenso con los distintos sectores implicados".

El objetivo de la normativa, recuerdan, es "ordenar el uso del espacio público, hacerlo más transitable y compatible con el desarrollo económico y turístico de la ciudad, sin dejar de lado el descanso y la convivencia vecinal".

La resolución no es firme y contra ella cabe la interposición de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

0 Comentarios

* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Mobile App
X

Descarga la app de Grupo Tribuna

y estarás más cerca de toda nuestra actualidad.

Mobile App