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Supervivientes de cáncer no tendrán que declarar la enfermedad al pedir un seguro de vida
Se hace efectivo el derecho al olvido oncológico cuando pasen cinco años desde el fin del tratamiento y sin recaída posterior
Los supervivientes de cáncer no tendrán que declarar sus antecedentes oncológicos a la hora de suscribir un seguro de vida siempre que hayan pasado cinco años desde el fin del tratamiento y sin recaída posterior, según el decreto-ley aprobado en Consejo de Ministros que hace efectivo el derecho al olvido oncológico.
El real decreto-ley establece "la nulidad de las cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que excluyan a una de las partes por haber padecido cáncer" y "la prohibición de hacer diferenciaciones en la contratación de un seguro a una persona por haber sufrido una patología oncológica", una vez transcurrido el citado plazo.
Se trata de una histórica reivindicación de la Asociación Española Contra el Cáncer y de la Federación Española de Padres de Niños con Cáncer (FPNC) al constatar que los supervivientes con cáncer eran rechazados mayoritariamente cuando intentaban contratar un seguro de salud, de vida o una hipoteca viéndose obligados, en ocasiones, a ocultar su enfermedad.
En rueda de prensa, la vicepresidenta primera, Nadia Calviño, ha señalado que el real decreto ley adopta el derecho al olvido oncológico para "aquellas personas que vencieron el cáncer en la contratación de cualquier producto, financiero o no, transcurridos cinco años desde la superación de la enfermedad".
El real decreto-ley modifica el texto refundido de la ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, otras leyes complementarias de 2015, y la ley de Contrato de Seguro de 1980 con el fin de dar cumplimiento a la resolución del Parlamento Europeo de febrero de 2022 sobre "el refuerzo de Europa en la lucha contra el cáncer hacia una estrategia global y coordinada".
Con esta aprobación, el Gobierno salva la promesa realizada en mayo por Pedro Sánchez de regular por ley el derecho al olvido oncológico, que quedó paralizada por el adelanto electoral del 23 de julio y la disolución de las Cortes a unas semanas de que el Parlamento diera luz verde a la norma.
En el decreto-ley también se habilita al Gobierno para modificar estos plazos en función de la evidencia científica.
El derecho al olvido oncológico es un compromiso del Parlamento europeo y deberá ser una realidad en toda la UE antes del año 2025. España era, junto a Italia y Malta, los únicos países europeos sin una legislación vigente que evitase que bancos y aseguradoras discriminasen a pacientes oncológicos
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