El líder del Partido Popular se reivindica como la única alternativa a Sánchez y apuesta por un Gobierno limpio, sin coaliciones ni exclusiones, salvo a Bildu
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca estar en una mesa electoral?
La duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral
Mesa electoral de este 28M. (Foto: EFE)
Lectura estimada: 2 min.
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca ser mesa electoral? Es una de las preguntas que asalta a más de uno tras conocerse la convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Últimas noticias de esta sección
Tras la salida forzada de Salazar, admite estar "con el corazón tocado" pero reafirma su liderazgo, la vuelta de Antonio Hernando y la mirada puesta en 2027
El líder popular arranca su segundo mandato con Miguel Tellado como número dos, nueve vicesecretarios y el regreso de veteranos como Javier Arenas
El presidente del PP promete diez compromisos para recuperar la confianza en la política y advierte: "Si hago lo que Sánchez, echadme del partido"
Lo más visto
Últimas noticias
Toda ayuda es poca
Fin de ciclo
Las plataformas en defensa de la sanidad pública de Castilla y León exigen la dimisión del consejero
Van der Poel se viste de amarillo en el Tour tras un brillante duelo con Pogacar y Vingegaard
Lando Norris reina en Silverstone y Alonso rescata puntos con una sólida novena plaza
0 Comentarios
* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Inicia sesión o registrate para comentar